La aportación de nuevas pruebas en los procedimientos de revisión: ¿el final de una cuestión conflictiva?
Enviado por ACEF en Mar, 26/03/2019 - 14:31Javier Bas Soria. Una cuestión, tradicionalmente controvertida en materia tributaria, ha sido la posibilidad de aportar nuevas pruebas en el procedimiento de revisión.
En principio, nada en la normativa limita esta aportación; es más, se prevé expresamente la posibilidad de aportar pruebas relativas a hechos relevantes para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas en el artículo 236 de la LGT. Aunque no se prevea en el recurso de reposición una fase probatoria comparable a la de las reclamaciones económico-administrativas, lo que resulta lógico por la mayor sencillez de este procedimiento de revisión, el artículo 23 del Reglamento general de revisión prevé que al documento de iniciación se acompañen los documentos en los que el recurrente funde su derecho.