Bankia condenada en Valencia a devolver el dinero invertido en sus acciones
Julio Barceló Afonso
Abogado especialista en Derecho Bancario (Molés i Martí Advocats)
Máster en Tributación y Asesoría Fiscal y Curso de Urbanismo por el CEF.-
Miembro de la ACEF.- UDIMA
Foto de Stock.xchng
El pasado 6 de noviembre, el titular del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Valencia dictó la primera sentencia en la Comunidad Valenciana por la que se condena a Bankia a devolver a un matrimonio el importe invertido en la compra de acciones de la entidad financiera, con motivo de su salida a Bolsa en el año 2011.
El tribunal fundamenta su decisión en que Bankia facilitó a los compradores de los títulos una información patrimonial de la entidad que reflejaba beneficios millonarios, cuando la realidad era otra bien distinta, como se supo después. Así, el fallo de la sentencia anula la adquisición de las acciones por vicios en el consentimiento (error y dolo) y condena a Bankia no solo a devolver el importe invertido sino también al pago de los intereses legales devengados desde la fecha de la compra, así como al abono de las costas procesales.
Aunque la sentencia está pendiente de que se resuelva en fase de apelación, la misma abre un camino de esperanza para que los afectados
El folleto-resumen de la Oferta Pública de Suscripción proporcionado a los clientes por la entidad bancaria mostraba una imagen patrimonial incorrecta de la entidad financiera, cuando lo cierto era que Bankia se encontraba en una situación de quiebra técnica, tal y como se demostró, notoriamente, con el hecho de que escasos meses después precisó de un rescate millonario por parte del Estado.
Así las cosas, con independencia de que el cliente que decidió adquirir las acciones hubiese tenido acreditados conocimientos sobre productos bursátiles, de ninguna manera, hubiera podido predecir que la información facilitada por la entidad no se correspondía con su situación financiera real, y por lo tanto, de igual forma, hubiera prestado su consentimiento viciado al tomar la decisión de la compra.
Aunque la sentencia está pendiente de que se resuelva en fase de apelación, la misma abre un camino de esperanza para que los afectados por la compra de acciones puedan recuperar el dinero invertido; argumento que encuentra sustento en el reciente informe realizado por los peritos del Banco de España, que acredita que la entidad financiera conocía la auténtica situación patrimonial en la fecha de su salida a bolsa.
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