La obligatoriedad como impulso para apostar por la sostenibilidad

greenwashing

Ricardo Maldonado
Director Territorial de Levante y Baleares de Gesvalt.

Empresa

Desde hace un tiempo se habla del fin del greenwashing o, lo que es lo mismo, aquellas estrategias empresariales que buscan el cuidado del medio ambiente pero que son percibidas como un lavado de imagen con un único objetivo reputacional.

Esto se debe a que, con las nuevas normativas de obligado cumplimiento puestas en marcha por los organismos europeos, el carácter voluntario de estas medidas va a desaparecer y, esta vez, de verdad. Por tanto, podemos afirmar que la obligación de reportar las actuaciones en materia de criterios ESG va a ser el impulso definitivo para que las empresas se tomen en serio la necesidad de apostar por lo sostenible, y así, acabar definitivamente con los rescoldos del greenwashing.

El contexto regulatorio al que se tienen que enfrentar las compañías puede resultar un reto para las mismas, mayoritariamente debido a la cantidad de documentación que tienen que presentar de forma obligatoria. Por ello, a la hora de invertir en sostenibilidad y poder cumplir al mismo tiempo con la taxonomía europea resulta fundamental el asesoramiento profesional tanto para presentar estos informes, como en el ámbito de las auditorías energéticas, la financiación verde o las certificaciones y estudios medioambientales.

Como parte de esa documentación que las compañías deben alegar de forma imperativa están los informes EINF o Estado de Información No Financiera. En España la obligatoriedad de presentar estas memorias entró en vigor en 2018. Sin embargo, hay muchas compañías que desconocen estos informes y la necesidad de acreditarlos para cualquier inversión sostenible. El EINF es un informe que permite comprender cómo evoluciona una empresa en cuestiones éticas, ambientales y sociales.

La última novedad sobre los informes EINF tuvo lugar el pasado diciembre, cuando la Unión Europea aprobó la nueva directiva sobre información no financiera, que pasa a conocerse como CSRD, y que amplía la anterior NFRD, en vigor desde 2018. Con esta nueva directiva, se ha extendido el número de compañías que tienen la obligación de informar sobre sus actuaciones en materia sostenible. Estas empresas serán aquellas que tengan desde un volumen de negocios neto igual o superior a los 40 millones, incluyendo las medianas y pequeñas empresas cotizadas.

Hasta ahora, la documentación de naturaleza puramente financiera era la que tenía un mayor peso en la toma de decisión de una inversión. Sin embargo, los fondos y entidades están virando de rumbo. El impacto intangible de la compañía está ganando fuerza y resulta cada vez más decisorio para los inversores. Esta es la verdadera razón detrás de la gran relevancia de los informes EINF. Con ellos se respalda la evaluación de la inversión mediante datos no financieros estandarizados y métricas robustas que analizan las actividades de la empresa conforme con criterios ambientales, de gobierno y sociales.

Por otro lado, en este caso, como en todas las normas, también existen sanciones por incumplimiento. Tras la decisión de la Unión Europea de aprobar la nueva directiva CSRD y ampliar los criterios de las empresas que deben demostrar esas actuaciones no financieras, se estableció que el hecho de no reportar o presentar la documentación requerida, dentro del periodo de tiempo establecido, puede conllevar multas de hasta 60.000 euros.

Además, cada vez está más demostrado que hacer pública la situación de la empresa antes de realizar ese gasto en materia de ESG es tan importante como la propia inversión. Por este motivo, las compañías tienen que identificar estos requisitos normativos como una oportunidad ideal para mostrar transparencia a sus stakeholders, mitigar los riesgos de la operación y mostrar su implicación con el proceso desde sus fases más tempranas.

Por otro lado, las compañías también deben tener en cuenta los beneficios que conlleva presentar informes como el EINF para la búsqueda de financiación o la concesión de fondos europeos. Los criterios ESG se corresponden con uno de los requisitos más determinantes a la hora de valorar las perspectivas a largo plazo y la capacidad financiera de la compañía. Asimismo, hay que tener en cuenta que la aprobación y recepción de estas ayudas comunitarias también se alinea con ese compromiso real con la sostenibilidad y evitar cualquier acusación de que se trata de una decisión comercial.

En definitiva, los organismos europeos ya estaban tardando en dar este paso adelante en favor de las inversiones verdes auténticamente verídicas y viables. Las compañías deben asumir que esta obligatoriedad normativa no es más que una garantía extra para ellas mismas. Por esto, el tejido empresarial debe comprometerse y servirse de aliados, como puede ser Gesvalt, para lograr cumplir con estas nuevas reglas si realmente desean apostar por una actividad empresarial responsable y sostenible.