¡La sostenibilidad existe!

 La imagen ilustra el concepto de “greenwashing”, con una Tierra antropomorfizada y angustiada, rodeada por símbolos de peligro ambiental, destacando la discrepancia entre las afirmaciones ecológicas y la realidad

Irene García Burguillo
Abogada especialista en compliance & AML.

Consumo

El pasado mes de enero el Parlamento Europeo, con base en el acuerdo alcanzado con el Consejo y la Comisión Europea en septiembre de 2023, dio luz verde a una directiva que mejorará el etiquetado de los productos y prohibirá el uso de alegaciones medioambientales engañosas. En un estudio, realizado en el 2020, la Comisión Europea destacó que el 53,3 % de las alegaciones medioambientales analizadas en la Unión Europea eran imprecisas, engañosas o infundadas y el 40 % no estaban acreditadas.

Esta mejora, en pro de la protección y defensa de los consumidores, luchará contra una práctica ampliamente extendida en los últimos años, conocida como publicidad verde engañosa, greenwashing, blanqueo ecológico, ecoblanqueo, ecopostureo o green claims. Esta práctica de marketing verde pretende, mediante ejercicios de estrategia, engañar a los consumidores sobre el compromiso ecológico o sostenible que tiene una empresa. Ejemplo de este tipo de práctica es fomentar una imagen de interés y compromiso por el medio ambiente a través de un producto determinado, cuando el impacto real que ese producto final tendrá no es tal. Lo único que hace es crear una imagen falsa de responsabilidad social corporativa por el medio ambiente.

Desde hace años, diferentes ONG y consumidores han denunciado esta actividad en pro de la transparencia y coherencia en las acciones de las empresas. Por fin, estas denuncias verán materializados sus anhelos gracias a esta directiva del Parlamento Europeo.

Así, podremos ver un etiquetado de productos más claro, sólido y fiable, dado que el actual genera confusión y desconfianza entre los consumidores. Así, el uso de las etiquetas de sostenibilidad podrá ser confirmado mediante certificaciones oficiales por autoridades públicas. Y, en consecuencia, desaparecerán términos genéricos como son “respetuoso con el medio ambiente” o “eco”, entre otros.

Además, la directiva prohibirá el uso de alegaciones sistemáticas sobre el impacto que tiene un producto en el medio ambiente (neutro, reducido o positivo), gracias a los sistemas de compensación de emisiones. De cara al 2025, se pretende alcanzar un 30 % menos de emisiones.

Resaltar también que la directiva no se olvida de la economía circular al tratar y cercar la obsolescencia programada. Creará una etiqueta armonizada que permitirá que la información sobre la garantía sea más visible y destacar aquellos productos con un periodo de garantía ampliado. Con estas medidas, prohibirán afirmaciones infundadas sobre el ciclo de vida de un producto. Por ejemplo, indicar que “este producto durará 10.000 usos” o “podrán ser sustituidas sus piezas” si no es cierto que ocurra en condiciones normales. De tal modo, las personas tendrán más claro la durabilidad de sus productos así como de sus garantías, dado que muchas personas no son conscientes de este hecho. En efecto, más del 60 % de los ciudadanos de la Unión Europea desconocen que todos los productos del mercado tienen garantía obligatoria. Aprovecho para recordar que en la Unión Europea, los productos disfrutan de al menos dos años de garantía y, en el caso de España, la garantía legal para los productos nuevos adquiridos es de tres años.

En esta línea, es destacable y muy positiva la medida obligatoria que esta directiva impondrá a los comercios: colocar un cartel donde se indique la garantía mínima obligatoria de dos años.

Hablando de cifras, más del 85 % de los ciudadanos de la Unión Europea quieren saber cuánto durará un producto antes de comprarlo. Sin duda, haciendo alusión al refranero español, saber es poder. Y los ciudadanos quieren estar informados. De tal manera, esta nueva etiqueta promoverá una mayor demanda de los productos. Sobre todo de aquellos productos cuya garantía comercial sea más larga, y motivará a los fabricantes a ofrecer productos de mejor calidad. De esta manera, una opción sostenible será una opción para todos, no solo para aquellos con bolsillos más boyantes.

Ahora, la norma debe recibir la aprobación final del Consejo. De ser aprobada, se publicará en el diario oficial y los Estados miembros dispondrán de 24 meses para incorporarla a su ordenamiento jurídico nacional.

En definitiva, el objetivo no es otro que guiar y ayudar a los consumidores a la hora de tomar mejores decisiones de compra para que la transición ecológica sea un hecho posible. Considero que estamos cada vez más cerca de materializar una necesidad imperante que el 94 % de los ciudadanos europeos ha manifestado en incontables ocasiones. Y es que este porcentaje lo representan todas aquellas personas de la Unión que consideran importante la protección del medio ambiente.

Deseo que todo este proceso llegue a buen puerto y que mediante la atenta mirada de todos, y especialmente de expertos independientes, podamos decir de aquí a un año:

¡La sostenibilidad existe!