El Principio de Buen Gobierno (IV)
De la transparencia a la e-transparencia
José Joaquín Jiménez Vacas.
Técnico de la Administración General de la Comunidad de Madrid
Preparación de Oposición a Técnico Superior de la Administración Central en el CEF.-
Miembro de la ACEF.- UDIMA
Foto de Stock.xchng
“El ser humano alcanza su perfección individual a través de la interacción con sus semejantes”. (Aristóteles).
Jeremy Bentham, ironizaba entre los artículos de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional Francesa en 1789, diciendo que “Derecho, el sustantivo derecho, es el hijo de la Ley: de leyes reales resultan derechos reales; pero de leyes imaginarias, de las leyes de la naturaleza, cantadas e inventadas por los poetas, retóricos y tratantes en venenos morales e intelectuales, resultan derechos imaginarios”. Escepticismo de época, ante lo que también entonces como hoy, se definían abusos de “lenguaje poético”, cuando se escribía entonces que “los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos”, o que “las diferencias sociales sólo pueden basarse en el bien común”; o, tal como vierten ríos de tinta hoy, que “la Administración debe definirse abierta, colaborativa y transparente al ciudadano”.
Sin embargo, Bentham erraba en su ironía: el lenguaje pocas veces resulta inocente. Así, el triunfo del Derecho resultó ser un triunfo liberador de la mano del humanismo y de la ilustración, y acabó significando la definición del ciudadano como sujeto de derechos y libertades, y no mero súbdito de aquél ancien régime. Al tiempo, el último cuarto del Siglo XX ha visto discurrir, en el ámbito de las ciencias de la Administración, un movimiento que ha llevado de la administración a la gerencia, y de la gerencia a la gobernanza. El movimiento contiene un cambio de paradigma intelectual que subyace a las reformas impulsadas hasta mediados de los 70 (“administración o burocracia”); desde mediados de los setenta hasta entrados los años 90 (“gerencia o management”); y desde ahí, hasta la actualidad (“buen gobierno, gobernanza y gobernabilidad”).
En pauta del principio de buen gobierno, la transparencia y la e-transparencia se quieren consolidar en derecho ciudadano, y en deber de los Institutos públicos
Hoy, bajo sombra de árbol del nuevo paradigma social, las reglas de buena Administración sugieren una Administración pública transparente, participativa, colaborativa, y abierta. La Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ha pretendido encajar esa estrategia de regeneración política; así como dar respuesta a la falta de afecto de la ciudadanía por las Instituciones. Una norma para las Instituciones públicas, que establece la transparencia como deber proactivo de la Administración con sus ciudadanos o clientes. Una idea relativa a que cuanta mayor información se haga pública, menos solicitudes de acceso se recibirán del ciudadano. Una idea también, de impulso del concepto de Gobierno abierto en sus información y datos: oGov u open government data, asentada en pilares de participación y colaboración web con el ciudadano en la elaboración y planificación de políticas públicas, donde países como Estados Unidos o el Reino Unido, resultan paradigma; creando no sólo herramientas nuevas de información, sino todo un ecosistema administrativo en la red.
Un renovado principio público (el de e-transparencia), que trata poco a poco de configurar a la Administración como una Institución abierta, mediante el reconocimiento legal del derecho a saber que convierte la publicidad en regla, y el secreto en excepción.
En pauta del principio de buen gobierno, la transparencia y la e-transparencia se quieren consolidar en derecho ciudadano, y en deber de los Institutos públicos, a partir de la nueva tecnología de la información y de la comunicación, canalizando el conocimiento público para mejorar el compromiso y el valor público ofrecido a ese central ciudadano/cliente.
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