Derecho de separación en la sociedad de capital en caso de falta de distribución de dividendos. ¿Cuándo el socio deja de serlo?
Enviado por angeles.salgado en Mié, 19/05/2021 - 08:40Marcelo Merbilhaa Verón. En lo que llevamos de año, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado dos resoluciones en las que pudo dar respuesta a una cuestión que no era pacífica en el ámbito societario.
Así, las Sentencias 4/2021, de 15 de enero y 46/2021, de 2 de febrero, han dado respuesta a una laguna de la actual redacción del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital. En concreto, estas resoluciones concretan el momento en el que se pierde la condición de socio tras haber ejercitado el derecho de separación en la sociedad de capital por falta de distribución de dividendos. Cuestión que, hasta la fecha, carecía de respuesta legal y jurisprudencial.