Revista Digital

 

La revista oficial de la asociación Conectados. Un foro de comunicación trianual entre asociados que informa sobre temas de interés y actualidad, y donde los propios miembros "pueden exponer y publicar sus experiencias, puntos de vista y transmitir sus conocimientos". Colaborar es voluntario y gratis, y permite a los asociados "estar interrelacionados" y aportar un "valor añadido" en las distintas áreas de desarrollo de la asociación.

A continuación, puede leer los diferentes artículos publicados en ella.


Coleccionismo y prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo

Cofre abierto con joyas y perlas, junto a varios billetes de 200 € sobre superficie texturizada.

Juan Cayón Herrero. La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (LPBC), establece en el artículo 2 las actividades sujetas a la norma. En esta lista no está mencionado el comercio de objetos de colección, por lo que la actividad no es sujeto obligado.

Merece la pena abordar la justificación legal de dicha afirmación, ya que hay algunas actividades que sí están en el listado de sujetos obligados que pueden llevar a cierta confusión. Vamos a detenernos en dos comercios: 1) objetos de arte y antigüedades y 2) metales preciosos.

Dudas sobre la inclusión de algunos activos y gastos en los proyectos de inversión: el coste de oportunidad, el coste hundido y el tratamiento de los gastos de I+D+i

Mano con stylus interactuando con panel digital que muestra iconos y porcentajes de recursos humanos.

Álvaro Martínez Arnaiz. ¿Qué ocurre si un activo que intervenga en el proyecto de inversión no hay que comprarlo porque ya se posee? ¿Cuál es el importe por el que hay que incluirlo en el análisis?

Estos activos ya pagados, que no suponen una salida de caja, sí deben tenerse en cuenta a su valor de mercado en el momento de la valoración. Se reflejarían por el coste de oportunidad, es decir, la cantidad que dejaríamos de percibir si ese activo, en lugar de afectarse al proyecto, se vendiera a ese precio de mercado.

La acusación popular, ¿una acción jurídicamente incómoda?

Mano levantada detiene varios dedos apuntando, simbolizando el rechazo colectivo a una acusación.

Carmen Córdoba. Probablemente, podamos pensar en la acusación popular como un derecho de reciente creación, pero, realmente, la misma ya se encontraba en el derecho romano e, incluso, en la Grecia antigua, pues ya fue tratada por filósofos tales como Platón o Aristóteles.

La acusación popular, según la RAE, se define como “la posibilidad de cualquier persona para, en las condiciones establecidas por la ley, promover la acción penal, independientemente de resultar perjudicada por el delito supuestamente cometido”.

La Fiscalía Especial de Derechos Humanos en la Ley de memoria democrática

Fachada neoclásica del Congreso de los Diputados en Madrid, con columnas y escalinata bajo cielo azul

La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de memoria democrática, ha dado carta de naturaleza legal a una nueva especialidad en el Ministerio Fiscal mediante la creación del fiscal de sala de derechos humanos y memoria democrática, creando una nueva fiscalía especializada, cuya principal función es la persecución penal de los crímenes y las violaciones de derechos humanos ocurridos desde el golpe de Estado y la dictadura hasta la promulgación de la Constitución.

En cumplimiento de esta ley, en julio de 2023 se procedió a la implementación de la Unidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado, regulando las bases de esta nueva área de especialización, procediéndose a su despliegue territorial mediante la articulación de una red de fiscales delegados en cada provincia.

El impacto del derecho a la desconexión digital

Hombre de oficina con gafas gritando mientras sostiene un reloj despertador rojo en actitud de urgencia.

Laura Refoyo Miguel. En el paradigma de un mundo en el cual la mayor parte de las relaciones laborales se encuentran ligadas directa o indirectamente a medios digitales y electrónicos, la consagración del derecho a la desconexión digital mediante el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD), ha supuesto un avance en términos de conciliación y disfrute por parte de los trabajadores de su vida personal y familiar durante su tiempo de descanso.

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