Coleccionismo y prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo
Enviado por luis.llerena en Vie, 16/05/2025 - 14:02Juan Cayón Herrero. La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (LPBC), establece en el artículo 2 las actividades sujetas a la norma. En esta lista no está mencionado el comercio de objetos de colección, por lo que la actividad no es sujeto obligado.
Merece la pena abordar la justificación legal de dicha afirmación, ya que hay algunas actividades que sí están en el listado de sujetos obligados que pueden llevar a cierta confusión. Vamos a detenernos en dos comercios: 1) objetos de arte y antigüedades y 2) metales preciosos.