RRHH

La perspectiva de género en materia laboral

Mujer embarazada con guantes y trapo para limpiar

Araceli Crespo Pascual. La perspectiva de género es una metodología de análisis de la controversia que se despliega en aquellos casos en los que se involucran relaciones de poder asimétricas o patrones estereotipados de género, y que exige la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres en la interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico y en la búsqueda de soluciones equitativas ante situaciones desiguales de género.

Caimanes con diamantes

Bandera inglesa con monedas

David Cordero García. — ¿Vas en serio con lo que nos dijiste el otro día? ¿Crees de verdad que es una buena decisión irte a vivir, y a trabajar, a UK? -pregunta un padre, no psicológicamente preparado en caso de una respuesta positiva, a su querida hija-. Sabes que confiamos en ti pero a tu madre -puede que a él incluso más- le vas a dar un disgusto. Bueno, entiéndeme. No tenerte cerca ni verte casi cada día le va a resultar duro.

Recursos humanos y robóticos

Robot trabajando de camarero

Martiniano Mallavibarrena. La mayoría de nosotros somos testigos de la impresionante evolución de la tecnología en nuestros días y simplemente disfrutamos hablando con nuestro Alexa en la cocina o con SIRI mientras conducimos, aunque también es agradable que nuestro reloj inteligente note que llevamos horas sentados y nos anime a hacer algo de deporte.

Aquellos profesionales que se dedican a lo que en conjunto se sigue llamando “recursos humanos” (o “dirección de personas”) quizá no estén notando todavía el impacto real en sus organizaciones de tanta tecnología.

Sobre la NO derogación del despido por “bajas médicas justificadas”.SÍ, PERO NO

Trabajador despedido

Juan Alberto Fuentes Aranda. El pasado día 19 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 4/2020, de 18 de febrero, por el que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52 d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Es una de las primeras medidas sociales del nuevo Gobierno, y que se ha publicado a los medios de comunicación como una medida en defensa de los derechos de los trabajadores. Así lo han definido la propia ministra de Trabajo doña Yolanda Díaz, así como otros portavoces y miembros del Gobierno. No obstante, ha de matizarse que no es cierto que se ha derogado “el despido por baja médica justificada”, o que se hayan “recuperado derechos fundamentales”. No “se ha puesto fin al despido por baja médica” ni mucho menos.

La mutualidad de previsión social

Susanna Carmona. Algunos profesionales tienen la opción, en el inicio de su actividad, de sustituir la cotización al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social) por la de su Mutualidad de Previsión Social, accediendo a unas prestaciones mucho más flexibles y, en general, con una cuota mínima un 20 % más económica.

Para poder acogerse a la opción de la Mutualidad, este derecho debe ejercerse en el inicio de la actividad por cuenta propia (alta en el censo de actividad económica). Si no manifiestan expresamente la decisión, la Administración pública entiende que se ha acogido al RETA y podrá reclamar las cuotas atrasadas con los recargos correspondientes. Además, posteriormente ya no será posible cotizar a la Mutualidad como alternativa al RETA, salvo excepciones. Por este motivo, es muy importante que los profesionales lo conozcan con la suficiente antelación, ya que en muchos casos puede resultarles la alternativa más beneficiosa.

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