Tributación práctica ISD de no residentes
Enviado por luis.llerena en Jue, 14/08/2025 - 12:48Susana Yániz Álvarez. El convenio España-Grecia para evitar la doble imposición en el ámbito del impuesto sobre sucesiones presenta diferencias sustanciales con los firmados por España, con idéntica finalidad, con Francia y Suecia. Su aplicación en la práctica es excepcional.
1. Supuestos de aplicación
Los supuestos en los que resultan de aplicación los convenios de Francia y Suecia deben deducirse, en mayor (Suecia) o menor (Francia) grado, del texto del convenio en su conjunto.